CONSTITUCION L.
Soriano.
Seguramente lo saben pero por si acaso o para que no se
molesten en buscarlo les refresco lo siguiente.
Artículo 155 Constitución Española:
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
Este país desde
Carlos III el gran reformador, ha llegado a las mayores cotas de legislación. Así
pues, la Carta Magna que nos dimos en su día, efectivamente no iba a pasar a la
historia por cojera legislativa, sino por flojera en acatamiento. Hasta ahora,
ha sido de “mal gusto”, políticamente incorrecto, o simplemente inadecuado,
hacer cumplir la Constitución a un determinado colectivo de españoles. El
cumplimiento estricto de la Misma es relativo incluso y sobre todo para el
usurpador y estorbante tribunal Constitucional, utilizado por los Gobernantes
siempre que se quieren saltar la Carta. Así pues, si hay artículos de la Constitución
que muchos no cumplen, ¿será que podamos dejar de cumplirlos todos? ¿Porque tendríamos
que cumplir unos si y otros no. Porque tenemos que cumplir las Leyes fiscales,
o las penales, si hay colectivos que se saltan la Constitución casi completa?
Nuestro Jefe de Estado, que aterriza cada semana, aunque no nos sorprenda nada,
y esa Cúpula Militar, ¿tendrán cuajo para hacer cumplir lo que la Constitución
les obliga? Digo que mientras existe y está vigente la Carta Magna que nos
hemos dado, por muy mala y torticera que sea en algunos aspectos, será la que
marque las reglas de convivencia y sera de obligado cumplimiento para T O D O S
los españoles de cualquier clase o condición. Entonces, ¿Por qué tanta gente se
la salta con la aquiescencia de los gobernantes de todos los colores, y además presume
de ello. Porque consideramos un exceso el hacerla cumplir en todos sus términos?
¿Es que estaban ebrios los redactores, o eran ignorantes e inexpertos. Porque
no cumplirla toda, todos, en vez de cumplirla en parte algunos? Y en cualquier
caso , si la ciudadanía está de acuerdo en que esos artículos sobran, porque no
se cambian rápidamente en vez de hacer payasadas e interpretarla a modo de Imán
somalí lapidador. Creo
que deberíamos ser muy cautos y prudentes en dejar que esos gobernantes,
mayormente descerebrados, hagan lo que crean que pueden por su malhadada
voluntad, saltándose a la torera todos los frenos y condicionantes que tiene la
regulación. “Cuando
los jueces no hagan justicia, será el oir de las metralletas” A reflexionar
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